Las leyes de la escritura
Solange Pellat (1875-1931), grafólogo y maestro francés, estableció un postulado
general y cuatro leyes básicas.
El término “Grafonomía” [graphonomie], acuñado por él mismo,
se define como una de las ciencias de la escritura cuyo objeto de estudio es el
examen científico de los elementos gráficos que componen la escritura
manuscrita (presión, velocidad, espacio, forma…)
Postulado general
“Las leyes no dependen de los alfabetos utilizados, son comunes
a todos, a cualquiera. Solo nos dan las herramientas para hacer nuestras
pericias”
Las cuatro leyes
- Ley del impulso cerebral:
el gesto gráfico está sometido a la influencia inmediata del cerebro. El
órgano que escribe [ya sean manos, pies, boca o incluso el antebrazo de un
lisiado] no modifica la forma de aquél si funciona normalmente y está
adaptado suficientemente a su función.
El gesto gráfico (escritura) está
bajo la influencia directa del cerebro. Su forma no es modificada por el órgano
escritor, (mano) si este funciona normalmente y se encuentra adaptado a la
función.
- Ley de la acción del yo:
cuando uno escribe, el yo está en acción, pero el sometimiento casi
inconsciente de esta actuación pasa por alternativas continuas de
intensidad y debilidad. Adquiere el máximo de intensidad cuando tiene que
realizar un esfuerzo, es decir, en los comienzos, y el mínimo cuando el
movimiento de la escritura viene secundado por el impulso adquirido, o
sea, en los finales. Observando que en ello hay un fenómeno que actúa de
manera continua en las personas normales, que tienen conciencia de que
escriben. Desaparece en los alineados, que trazan series de palabras a la
manera de los autómatas. Y tiene consecuencias que explican las
comprobaciones hechas desde hace mucho tiempo por los grafólogos, sin
conocerlo. Cuando se escribe el ‘yo’ está en acción, pero el sentimiento
está casi inconsciente de que el ‘yo’ obra, pasando por alternativas
continuas de intensidad y de debilidad. Está en su máxima intensidad donde
existe un esfuerzo a realizar, esto es, en los comienzos; y en su mínima,
donde el movimiento escritural está secundada por el impulso adquirido,
esto es, en los finales.
Es un acto consciente. Es un acto
voluntario.
La escritura pasa a ser
automática. Sin poder manejar esa voluntad.
Revela automatismo del gesto, que
cuando requiere un esfuerzo determinado obliga a que preste atención o que la
voluntad este ahí.
- Ley de la marca del
esfuerzo: No se puede modificar voluntariamente en un momento dado la
escritura natural más que dejando en su trazado la señal del esfuerzo
realizado para lograr el cambio. Añadiendo acertadamente –según Robles–
que la marca del esfuerzo para obtener un cambio –detención brusca,
gancho, acercamiento, brisado, desviación, etc.– puede confundirse a simple vista con la
señal de una distracción, de una ligera interrupción de redacción o de una
incertidumbre de ánimo, pero existe desde el momento en que hay una
intervención momentánea de la voluntad. No se puede modificar
voluntariamente, en un momento dado, la escritura natural, sino
introduciendo en el trazado la propia marca del esfuerzo que se hizo para
obtener la modificación.
Cuando queremos disimular nuestra
propia letra, ese esfuerzo, queda plasmado sobre el papel. No se puede
disfrazar la escritura sin dejar características propias que identifican
No solo no se puede copiar lo que
hacen los demás, sino que, no se puede despegarse de las propias
características.
- Ley de la permanencia de
los caracteres: El que escribe en circunstancias en que el acto de
escribir es particularmente difícil, traza instintivamente, o bien formas
de letras que le son más habituales, o bien formas sencillas y fáciles de
construir. Y añade que esta ley es consecuencia del principio del mínimo
esfuerzo, que ejerce notoriamente su influencia en personas que se ponen a
escribir ocasionalmente con la mano izquierda, en las que añaden
interlineados en un texto, en las que se encuentran en un vehículo en
marcha y, en fin, en las que están enfermas en la cama. Esta noción tan
sencilla no es, desgraciadamente, tenida siempre en cuenta por los que
trabajan para la Justicia. Desempeña un papel importante en las
peritaciones sobre anónimos, en escritos fraudulentos y en testamentos
ológrafos, muchos de los cuales son redactados por personas muy debilitadas
fisiológicamente.
El escritor que actúa en
circunstancias en que el acto de escribir es particularmente difícil traza
instintivamente formas de letras que le son más habituales o más simples, de
esquema más fácil de ser construido.
(Cuando veo un texto muy prolijo
tengo que pensar que lo más probable esté falsificado)
OTRAS LEYES
1) Cada
persona posee una escritura que le es propia y que se diferencia de los demás.
(relacionada con la ley 1)
2) La
personalidad gráfica está sometida a la influencia inmediata del cerebro. El
órgano que escribe no modifica la forma de aquella. (relacionada con la ley 1)
3) Cada
personalidad escritural soporta cambios graduales en el curso de la vida del
escritor, pero mantiene los elementos básicos de la misma.
4) Dichos
cambio son individuales en cada escritor. (no porque yo cambie, el otro tiene
que cambiar) (porque son individuales para cada uno)
5) Una
disminución en la calidad de la escritura debida a cualquier causa afecta a
todas las propiedades de la misma; no quedando delimitada al cambio de uno o
dos elementos.
6) La
personalidad grafica de una persona puede disminuir en calidad muy rápidamente,
debido a una aguda declinación física resultante de distintas enfermedades o de
avanzada edad.
7) Pueden
producirse cambios transitorios en la escritura de una persona por una
declinación física, mental temporal; tales como fatiga, intoxicaciones,
enfermedades transitorias, etc. (sólo cotejar elementos similares)
8) No
es posible mejorar la calidad de escritura sin una larga práctica y entrenamiento
efectuado durante un cierto tiempo. (relacionada con ley 3)
9) Una
falta de informalidad en la ejecución y la forma de la escritura, especialmente
en escritos largos es una falta típica de la adulteración. (relacionada con ley
4)
10) La
uniformidad en la ejecución de la forma de la escritura especialmente en
escritos largos es típico de la falta
de adulteración. (relacionado con ley 4)
11) Las
variaciones de una persona tiene relación directa con la mayor o menor rapidez
de la ejecución y con el cuidado que se pone en la realización. (relacionada
con ley 2)
12) La
variación de la escritura está relacionada con las condiciones bajo las cuales
fue ejecutada.
13) Las
variaciones de la escritura en una persona son menores entre escritos
realizados en un mismo momento que los realizados en otros.
14) No
se puede modificar voluntariamente la escritura sin dejar rastros del esfuerzo
realizado para lograr el cambio.
(relacionado con ley 3)
15) El
que escribe en situaciones difíciles traza instintivamente formas de letras que
le son habituales o de formas sencillas y fáciles de realizar. (relacionado con ley 4)
16) Cuando
la tarea escritural es extensa el escritor tiende a simplificar sus rasgos.
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